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MUNDO SPORT

La APAT dio a conocer dos anexos al reglamento técnico de las Clases 2 y 3, que se aplicarán a partir de la fecha en Rosario.

TN Apat

Anexos al reglamento técnico de 2026

La APAT (Asociación Pilotos Automóviles Turismo) anunció este viernes dos Anexos al Reglamento Técnico 2026, que será aplicados a partir de la tercera fecha a disputarse entre los días 4 y 5 de abril, en el Autódromo Rosario (Santa Fe).

ANEXO N°3:

8.4.4 REFUERZOS DE PARTES SUSPENDIDAS

En caso de reforzar el chasis auxiliar delantero o trasero, ello solo se permitirá con el fin de aumentar su resistencia estructural, debiendo mantenerse su geometría y características originales.

Queda prohibido cubrir, cerrar o carenar su parte inferior mediante chapas u otros materiales que generen superficies planas o continuas con efecto aerodinámico.

ANEXO N°4:

Reemplaza al (Art 10.1.i) PARAGOLPES DELANTERO

Solo podrán utilizarse los paragolpes que figuren en la ficha de homologación correspondiente. El perfil del paragolpes delantero será controlado en el plano medio longitudinal del vehículo mediante la plantilla definida en la ficha de homologación respectiva.

Se permite la utilización de un falso piso en la parte inferior del paragolpes delantero, con una extensión máxima de 150 mm hacia atrás, medida desde el borde inferior delantero del paragolpes, manteniendo dicha dimensión en toda su longitud transversal. La verificación del falso piso y su relación con el fondo del canalizador se realizará mediante la plantilla indicado en el croquis correspondiente (Art. 10.1.s)

Entre el plano inferior del falso piso del paragolpes y el fondo del canalizador deberá existir una separación mínima de 15 mm, medida con la plantilla reglamentaria. (Art. 10.1.s)

El falso piso del paragolpes no podrá prolongarse, alinearse ni conformar una superficie aerodinámica continua con el fondo del canalizador. (Art 6.2 del Reglamento técnico)

En los vehículos que utilicen paragolpes plástico original, el labio inferior del mismo deberá ser modificado o recortado de manera tal que respete la dimensión reglamentaria de 150 mm indicada anteriormente.

Se permite eliminar la grilla inferior del paragolpes original, que orienta aire al radiador, con el único fin de colocar una malla o tejido protector. Se permite la colocación de un tabique o refuerzo estructural dispuesto en forma vertical detrás del labio inferior del paragolpes delantero, con el único fin de sostener dicho elemento y mantener su forma, (Prohibido tabique regulable ni cumplir funciones aerodinámicas).

El falso piso del paragolpes delantero podrá ser reforzado libremente mediante elementos internos destinados únicamente a mantener su forma. Dichos refuerzos no podrán modificar la geometría exterior ni inferior del paragolpes, ni poseer ningún tipo de regulación. (Prohibido que los refuerzos tengan algún tipo de regulación)

Visto el vehículo de frente, el borde inferior externo del paragolpes delantero no podrá sobresalir lateralmente más allá de la trocha máxima permitida sin dispositivo, definida en la ficha de homologación.

Solo podrán realizarse trabajos de reforma que el departamento técnico considere que son necesarios para su funcionamiento, en el caso que las rejillas superiores sean parte del paragolpes deberá pedirse la previa autorización para el proceso de matrizado y posterior fabricación.

Cualquier modificación, adaptación, reparación, fabricación o matrizado de nuevas piezas del paragolpes deberá contar con la autorización previa del Departamento Técnico.

PARAGOLPES TRASERO:

En los modelos que no lo posean y, al solo efecto de sujetar el paragolpes trasero y preservar su aspecto, se permite colocar un soporte de aluminio, fibra o plástico hacia la parte trasera del buche de la rueda de auxilio. Sus medidas serán las siguientes:

CLASE 2: 400 mm

CLASE 3: 600 mm

En los modelos que posean la prolongación original hacia el buche de la rueda auxiliar, deberán tener las siguientes dimensiones de ancho:

CLASE 2: 400 mm

CLASE 3: 600 mm

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